Así funciona la inversión del sujeto pasivo en el IVA

En la gran mayoría de transacciones comerciales, el proveedor es el encargado de recaudar el IVA, para más adelante entregárselo a Hacienda. Pero no en todas. Hay ocasiones en las que es el cliente quien debe ejecutar esta tarea, produciéndose así la inversión del sujeto pasivo. ¿En qué consiste realmente esta situación? ¿Cómo tienen que actuar cada una de las partes? ¿En qué casos entra en funcionamiento? Para hallar la respuesta a estas cuestiones es indispensable conocer las diferencias entre las tres figuras involucradas en cualquier vínculo jurídico. El sujeto pasivo es la persona, física o jurídica, que debe hacer frente a una obligación en favor del sujeto activo, que ostenta el derecho de exigirle el cumplimiento de dicha obligación. El contribuyente, por su parte, es la persona, física o jurídica, que efectúa el pago de dicha deuda. Traslademos esto al ámbito tributario. En el pago del IRPF, por ejemplo, el contribuyente y el sujeto pasivo son la misma persona. El ciudadano no solo salda la deuda, también debe responder ante Hacienda, que asume el papel del sujeto activo. En el caso del IVA, los roles de contribuyente y sujeto pasivo son desempeñados por personas diferentes. El vendedor de un producto o proveedor de un servicio está obligado a incluir en el precio el impuesto sobre el valor añadido. Este tributo recae sobre los clientes que adquieren dicho producto o contratan dicho servicio, convirtiéndose así en contribuyentes. El comerciante recolecta los impuestos obtenidos de todas las ventas que realiza, y le abona la cantidad total a Hacienda cada tres meses. Él carga con la responsabilidad de cumplir con esta obligación tributaria, ejerciendo así el papel de sujeto pasivo. Como principal beneficiaria de la operación, Hacienda es de nuevo el sujeto activo. Y le exige el pago de la deuda al empresario, no al cliente final, a pesar de que sea este quien la subsana.
La inversión del sujeto pasivo: un cambio en los roles
Determinadas operaciones conllevan la inversión del sujeto pasivo. En este caso, el destinatario de los bienes o servicios es, al mismo tiempo, el contribuyente y el sujeto pasivo. La responsabilidad de satisfacer la obligación tributaria ya no recae en el empresario, sino en el propio cliente. El destinatario de la factura es el encargado de declarar el IVA e ingresárselo a Hacienda. Por tanto, el pago del bien o del servicio solo incluye la base imponible, y no este impuesto, que será sufragado en el futuro. Aun así, el empresario que emite la factura debe incluir en ella una mención expresa que indique que la operación se lleva a cabo mediante la inversión del sujeto pasivo, conforme al artículo la operación 84.1.2º de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto Sobre el Valor Añadido (LIVA). Aunque la responsabilidad no recaiga sobre sus espaldas, el emisor de la factura todavía está obligado a señalar estas ventas en la casilla 61 del modelo 303. Este formulario es utilizado para transferirle a Hacienda de forma trimestral el IVA acumulado de todas las facturas emitidas durante ese período. El plazo de entrega es del día 1 al 20 del mes siguiente, es decir, en abril, julio y octubre. Asimismo, el empresario también tiene que reflejarlo en el modelo 390, un formulario entregado del 1 al 30 de enero que recopila el IVA de todas las ventas realizadas durante el año anterior. De la misma manera, el sujeto pasivo y contribuyente debe autorrepercutirse ese impuesto, señalándolo en sus declaraciones trimestrales y anuales del IVA.
Condiciones para que se produzca la inversión del sujeto pasivo
Hay que tener presente que la inversión del sujeto pasivo no es una situación habitual, puesto que en la mayoría de operaciones el empresario es el encargado de declarar el IVA. Para que tenga lugar la inversión del sujeto pasivo, el beneficiario del bien o del servicio debe ser un profesional en el ejercicio de su función. Los ciudadanos corrientes jamás pueden actuar como sujetos pasivos. Además, el rango de situaciones en las que se pone en marcha este proceso no es muy amplio. La operación comercial en cuestión debe pertenecer a alguna de las siguientes categorías:
- Operaciones protagonizadas por profesionales en cuyo lugar de residencia el IVA no tiene validez.
- Venta de plata, platino, paladio, oro sin elaborar o productos de oro semielaborados.
- Venta de materiales de recuperación, como los desechos industriales.
- Ventas de teléfonos móviles, ordenadores, tabletas y videoconsolas a un revendedor o por un importe superior a los 10.000 euros.
- Determinadas ejecuciones de obra, como en terrenos rústicos y no edificables o durante la rehabilitación de locales de negocios.
- Operaciones cuyo objeto sean los derechos de emisión de gases de efecto invernadero.
- Acciones de entrega de determinados bienes inmuebles.
Las consecuencias de una declaración errónea del IVA
Uno de los beneficios de la inversión del sujeto pasivo consiste en que la cantidad final pagada por el contribuyente puede ser inferior de la que se tendría que desembolsar en una operación estándar. Al cumplimentar los modelos 303 y 309, hay que plasmar esta cifra en los apartados correspondientes al IVA devengado y al IVA soportado. Si este gasto se enmarca en el sector económico del profesional y se presenta la factura correspondiente, la Agencia Tributaria permite la deducción. Sin embargo, la cumplimentación de estos formularios debe realizarse con especial cuidado y precisión. Se tienen que comunicar todos los impuestos, pues cualquier olvido o error puede acarrear una sanción. Las multas por esta clase de infracción tributaria aparecen reguladas en los artículos 170 y 171 de la LIVA, y representarán el 1 % de las cuotas devengadas de las operaciones causantes de la sanción, con un mínimo de 300 euros y un máximo de 10.000 euros. Aunque no son muchas las situaciones en las que se aplica la inversión del sujeto pasivo, este puede abarcar cualquier tipo de operación financiera, desde las realizadas en canales más tradicionales a aquellas que se enmarcan dentro de la inversión ética. Independientemente de que la compraventa de bienes o servicios se realice en un mercado convencional o en una plataforma de financiación alternativa, si entra dentro de las categorías anteriores, es imprescindible conocer cómo proceder, para así ahorrar costes y evitar posibles sanciones.