Factura y pagaré: los analizamos

04/06/2019
Factura y pagaré: los analizamos

El origen de ambos está unido a la necesidad de documentar las relaciones económicas que el ser humano ha desarrollado a lo largo del tiempo. Así, ya en la antigua Mesopotamia aparecen los primeros escritos en forma de cuentas que pueden ser consideradas las primeras facturas de la historia. Un ejemplo sería la tablilla de Kushim (3400-3000 a.c.), donde éste deja constancia de haber recibido 29,086 toneladas de cebada a lo largo de 37 meses.



Para buscar el origen del pagaré nos tenemos que ir a la Edad Media (XII-XIII), al sur de Italia, donde para evitar los actos vandálicos surgen como solución para no llevar dinero en efectivo en los grandes desplazamientos.


En España se regula por primera vez en el Código de Comercio de 1829. En la actualidad se regula por La ley cambiaria y del cheque de 16 de Julio de 1985.


Pero, ¿tenemos claras las diferencias entre ambos? Vamos a compararlos:


 


DEFINICIÓN:



  • Pagaré: Es un título de crédito, promesa de pago futuro, es un compromiso firme. 

  • Factura: Es un documento mercantil que refleja una transacción comercial entre dos partes.

 

FORMA DE TRANSMISIÓN:


  • Pagaré:
    • A la orden: permite cesión del pagaré mediante endoso.

    • No a la orden: no permite endoso, solo se puede transmitir mediante cesión de crédito.

     

  • Factura: Se transmite por cesión de crédito; el deudor debe firmar la aceptación.

    La cesión de crédito debe reflejarse en un contrato mientras que el endoso está recogido en una cláusula que ya viene en el pagaré a la orden, lo que supone mayor rapidez y flexibilidad.

CASO DE IMPAGO:



  • Pagaré: Supondría un procedimiento o juicio cambiario. Es más rápido y ágil, ya que los pasos que sigue el proceso una vez admitida a trámite la demanda son:
    1. Se requiere al deudor para que en el plazo de 10 días proceda a realizar el pago de la cantidad reclamada en la demanda.

    2.  Se ordena el embargo preventivo.

      Permite, por tanto, el embargo casi automático. Es importante tener esto en cuenta a la hora de firmar, pues no es lo mismo hacerlo a nombre de la empresa, que sería ésta la que respondería con sus bienes o capital, que hacerlo a título particular respondiendo con nuestro propio patrimonio.


  • Factura: Se resolvería mediante procedimiento monitorio. El embargo solo se puede llegar a producir tras presentar una demanda ejecutiva, posterior a reclamar el pago sin que la devolución del importe se haya producido, lo que implica que la solución pueda alargarse en el tiempo.

 DATOS A INCLUIR:



  • Pagaré: El compromiso de pago normalmente se hace sobre una cuenta corriente, siendo los propios bancos los que elaboran los documentos cumpliendo unos requisitos formales:

    • Denominación del pagaré.



    • Cantidad de promesa de pago.



    • Lugar de pago.



    • Vencimiento.



    • Nombre de la persona a la que haya que hacer el pago.



    • Fecha y lugar de firma.



    • Firma de quien emite el título.



    • Espacio para rellenar endoso y aval en el reverso.



Ejemplo de pagaré:



 
  • Factura: Documento que debe incluir, según la propia Agencia Tributaria, los siguientes datos:

    • Lugar y fecha de emisión.



    • Número y, en su caso, serie.



    • Datos fiscales del emisor: nombre y apellidos o denominación social, nº identificación fiscal y domicilio.



    • Bienes entregados o servicios prestados.



    • Tipo impositivo.



    • Contraprestación total.



Ejemplo de factura:Como formas de financiación de ambos surge el FACTORING y el CONFIRMING, mediante el anticipo de facturas o descuento de pagarés. Su estudio más profundo será objeto de otro artículo pero aquí haremos una breve introducción.



 

  1. El factoring  es un servicio de cobro, es un anticipo de liquidez de las ventas que hizo la empresa acreedora a plazos a sus clientes. Puede ser:
    • Con recurso: el propio cliente o empresa financiada asume el riesgo.

    • Sin recurso: en caso de impago la empresa financiada está libre de toda responsabilidad.


  2. El confirming es un servicio de pago, donde la empresa pagadora o deudora incluye la posibilidad a sus acreedores de cobrar los pagos con anterioridad a la fecha de vencimiento.

La historia nos refleja la enorme evolución del ser humano pero también deja constancia de que nuestras necesidades siguen siendo básicamente las mismas. El pagaré y la factura siguen siendo tan necesarios hoy como en sus orígenes. El progreso ha multiplicado la complejidad y el número de transacciones pero paralelamente el avance tecnológico nos ha ido ofreciendo nuevas soluciones. Las plataformas online son un ejemplo de ello.


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